Tras
la instalación de porteros automáticos,
una de las medidas de seguridad más solicitadas por nuestros clientes es la
instalación de un circuito cerrado de cámaras de televisión con el que
controlar las entradas y salidas en un grupo de viviendas o en las
instalaciones de una empresa. Sin embargo es una obligación legal advertir a
todas las personas que pueden acceder a ese espacio que entran en una zona videovigilada.
Esta advertencia puede hacerse únicamente en las entradas y accesos, no es
necesario colocar un cartel junto a cada una de las cámaras. Pero este cartel
debe incluir obligatoriamente una mención expresa con la identificación de los
propietarios de las cámaras y la frase textual “Zona videovigilada”. La falta
de advertencia a los usuarios puede ser sancionada con multas de hasta 600.000 Euros
Como es lógico esta advertencia no es necesaria para los lugares en los que
únicamente se haya realizado la instalación
de porteros automáticos, aunque éstos puedan estar dotados de cámaras de
video.
Las cámaras de seguridad instaladas en espacios privados no podrán obtener
imágenes de espacios públicos, salvo que esas imágenes resulten completamente imprescindibles
para la finalidad de la vigilancia con la que se instalan. Así mismo, si esas imágenes van a ser
grabadas y conservadas, sólo podrán serlo durante un periodo máximo de 30 días,
al cabo del cual será obligatorio eliminar la grabación salvo que contenga
imágenes de la comisión de un delito o puedan servir para su investigación.
Desde Andetel podemos proporcionarte
todos los equipos técnicos para aumentar la seguridad de tu comunidad de
vecinos.
La normativa sobre las zonas videovigiladas

15/03/201615 de Marzo de 2016
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